Ayudamos a particulares y autónomos a superar situaciones de sobreendeudamiento y recuperar su estabilidad económica
Las dificultades económicas pueden afectar gravemente a la vida personal y profesional de quienes no pueden hacer frente a sus obligaciones financieras. La Ley de Segunda Oportunidad permite, en determinadas circunstancias, cancelar o reorganizar deudas para facilitar un nuevo comienzo.
En Acura Abogados analizamos cada situación de forma individual para determinar si concurren los requisitos legales necesarios y diseñar la estrategia más adecuada para proteger el patrimonio del cliente y alcanzar la máxima exoneración posible.
Nuestro objetivo es ayudar a particulares y autónomos a recuperar tranquilidad, seguridad jurídica y capacidad para desarrollar una nueva etapa personal o profesional.
Exoneración media: 87% de la deuda inicial
Duración total: 6-9 meses (frente a 20+ años pago ordinario)
Sin responsabilidad bienes gananciales (matrimonio/separación bienes)
Despacho Barcelona: Via Augusta 48, 08006
¿Cuándo puede ser una solución la Ley de Segunda Oportunidad?
Las dificultades económicas pueden afectar a particulares, autónomos y empresarios individuales que, por distintas circunstancias, ya no pueden hacer frente a sus deudas de forma razonable.
La Ley de Segunda Oportunidad permite acceder a mecanismos legales destinados a reorganizar la situación financiera del deudor y, en determinados casos, obtener la exoneración total o parcial de las deudas pendientes.
Antes de iniciar el procedimiento resulta imprescindible analizar la situación económica y patrimonial de cada persona para determinar la estrategia más adecuada y valorar las posibilidades reales de acceder a la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI).
Una correcta preparación del procedimiento es fundamental para maximizar las opciones de cancelación de deudas y permitir el inicio de una nueva etapa económica con seguridad jurídica.
Fases del procedimiento de Segunda Oportunidad

Estudio de viabilidad y análisis de deudas
Analizamos la situación económica del cliente, la composición de sus deudas y el cumplimiento de los requisitos legales para acceder al procedimiento.

Preparación de la solicitud
Recopilamos la documentación económica, patrimonial y personal necesaria para presentar correctamente el procedimiento y acreditar la situación de insolvencia.

Tramitación del concurso de persona física
Presentamos la solicitud ante el Juzgado Mercantil competente y acompañamos al cliente durante toda la tramitación del procedimiento.

Liquidación o plan de pagos
Dependiendo de las circunstancias del deudor, se valoran las distintas alternativas previstas por la Ley Concursal para acceder a la exoneración de las deudas.

Solicitud de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI)
La obtención del EPI constituye uno de los momentos más relevantes del procedimiento, ya que permite cancelar total o parcialmente las deudas que legalmente puedan ser exoneradas. Preparamos la solicitud de forma individualizada, acreditando el cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación concursal y defendiendo la posición del deudor frente a posibles oposiciones.

Recuperación de la estabilidad económica
Una vez obtenida la exoneración, acompañamos al cliente en la regularización de su situación financiera y en el inicio de una nueva etapa libre de las cargas económicas que motivaron el procedimiento.
Nuestro objetivo
Ayudar a particulares, autónomos y empresarios individuales a acceder a la máxima exoneración de deudas legalmente posible y recuperar su estabilidad económica con plena seguridad jurídica.
Documentación necesaria para la Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad requiere acreditar la situación económica y patrimonial del deudor para determinar la viabilidad del procedimiento y solicitar la exoneración de las deudas que legalmente puedan ser canceladas.
Identificación personal y familiar
- DNI o NIE.
- Certificado de empadronamiento.
- Libro de familia, si procede.
- Información sobre unidad familiar y personas a cargo.
Situación económica
- Nóminas o justificantes de ingresos.
- Declaraciones fiscales recientes.
- Prestaciones o pensiones percibidas.
- Información sobre actividad profesional o empresarial.
Patrimonio
- Relación de bienes inmuebles.
- Vehículos y otros bienes registrables.
- Cuentas bancarias.
- Inversiones y participaciones.
- Derechos económicos relevantes.
Relación de deudas
- Préstamos personales.
- Tarjetas de crédito.
- Créditos rápidos.
- Hipotecas.
- Deudas con entidades financieras.
- Deudas con Hacienda y Seguridad Social.
- Reclamaciones judiciales pendientes.
Procedimientos en curso
- Embargos.
- Ejecuciones.
- Procedimientos judiciales relacionados con las deudas.
- Comunicaciones de acreedores.
Información sobre la insolvencia
- Origen de las deudas.
- Evolución de la situación económica.
- Circunstancias personales o profesionales que hayan provocado la insolvencia.
- Medidas adoptadas previamente para intentar regularizar la situación.
Nuestro objetivo es preparar correctamente el procedimiento desde el inicio para maximizar las posibilidades de obtener la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) y alcanzar la mayor cancelación de deudas legalmente posible.
¿Qué dicen nuestros clientes?
Preguntas frecuentes
¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
¿Es posible cancelar todas las deudas?
¿Qué ocurre con mi vivienda o mi patrimonio?
¿Qué documentación necesito para iniciar el procedimiento?
¿Cuánto tarda un procedimiento de Segunda Oportunidad?
¿Qué es la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI)?
Segunda oportunidad Barcelona - Despacho especialista
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